¿Cada cuánto se tiene que pasar la ITV? Todo lo que debes saber

Esta es una de las preguntas que impera en la cabeza de usuarios de coches y motos. Si estáis entre ellos, prestad atención a la respuesta que vamos a darle al interrogante “¿Cada cuánto tiempo tiene mi coche que pasar la ITV?”

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La Inspección Técnica de Vehículo (ITV) es obligatoria en España para todo aquel usuario que tenga a su cargo un vehículo capacitado para circular por la vía pública. Por tanto, es indispensable saber con qué frecuencia hay que llevarla a cabo en el tiempo para evitar sorpresas desagradables en forma de sanción.

Para que todos los lectores de TopDriverz con coche o moto a su nombre no tengáis que pasar por un mal trago como ese, a lo largo de las próximas líneas se va a detallar la respuesta a esta cuestión tan común: ¿Cada cuánto se tiene que pasar la ITV? Os animamos a seguir leyendo y tomar nota para que no os pille el toro.

¿Cada cuánto tiempo hay que pasar la ITV? Aquí tenéis la respuesta

Tras la breve y rigurosa introducción, vamos a ir al kit de la cuestión e ir explicando cuál es la verdad a la hora de citar una frecuencia para someter a vuestro compañero/a de 2 ó 4 ruedas a la ITV.

Todo depende del vehículo y su fecha de matriculación

Lo primero que hay que tener claro es que la respuesta tan ansiada a la pregunta que titula esta entrada cuenta con matices. Y es que la frecuencia exacta con la que hay que llevar a cabo este trámite está sujeta al tipo de vehículo que se trate y el día que fue matriculado.

No obstante, sí que se ha modificado en los últimos tiempos parte de la legislación que regula esto: en el año 2018 entró en vigor un Real Decreto por el que se podía realizar la inspección con una antelación de 30 días siempre y cuando se mantuviese la fecha de la próxima. De esta forma, si resulta desfavorable, se puede acudir a otro lugar homologado para hacerla, eso sí presentando ese informe desfavorable de la primera revisión.

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Frecuencia de ITV por vehículo

Tras la aclaración del último párrafo, es el momento de concretar el tiempo que tiene que pasar entre una revisión y otra en función de los distintos vehículos homologados para circular en la vía pública:

  • Ciclomotor: si han pasado menos de tres años desde la primera vez que fue matriculado, el ciclomotor está exento de los trámites pertinentes de la ITV. Por contra, si ha superado el trienio entonces ha de someterse a estos cada dos años.

  • Motos, cuadriciclos y quads: en lo que respecta a estos vehículos, no se someten a una revisión de la ITV hasta que ven cumplidos los cuatro años desde su fecha de matriculación. Cuando ya lo hacen, entonces la periodicidad es de cada dos años.

  • Turismos: los cuatro primeros años, los turismos están exentos de someterse a la evaluación que supone la ITV. Sin embargo, cuando estos transcurren desde la primera matriculación, entonces deben asistir con una periodicidad de dos años hasta que cumplan diez. Finalmente, si superan la década de antigüedad estamos hablando ya de una revisión anual.

  • Vehículos ligeros: por vehículos ligeros se entiende los camiones y remolques de hasta 3.500 kilogramos, así como los derivados de turismos. En su caso, cuando han pasado menos de dos años desde la fecha de su primera matriculación, se encuentran exentos de pasar la ITV. Si la antigüedad está comprendida entre los 2 y 6 años, entonces la periodicidad es bianual. Si la horquilla comprende los 6 y 10 años, entonces es anual. Si supera la década de longevidad entonces ha de llevarse a cabo cada seis meses.

  • Vehículos pesados: en esta ocasión, se está hablando de camiones y remolques por encima de ese umbral de 3.500 kilogramos. A diferencia de la categoría anterior, no hay tantos matices en cuestión de longevidad. Por ello, se distingue solamente si la fecha de su primera matriculación tiene más o menos de diez años de antigüedad: si tiene más debe someterse cada seis meses y si tiene menos entonces ha de hacerse anualmente.

  • Caravanas de MMA mayor de 750 kilogramos: con ellas pasa lo mismo que en la anterior, solo que hay que discernir entre menos y más de seis años. Por debajo de estos no tienen que hacerla y por encima cada dos años.

  • Autocaravanas: la periodicidad de las autocaravanas es otra que tiene varios matices. Por debajo de los cuatro años se encuentran exentas, si su antigüedad comprende los 4-10 años es bianual y si supera la década entonces ha de ser anual.

  • Vehículo especial: por vehículo especial se entiende aquellos que circulan por obra y servicios a una velocidad inferior a los 25 kilómetros por hora. En lo que se refiere a ellos, con menos de cuatro años desde la primera matriculación están exentos de pasar la ITV, si están entre 4-10 años han de someterse cada dos años y ya por encima de diez tiene que hacerla anualmente.

  • Autobuses, ambulancia y servicios públicos: para garantizar que pueden atender a las necesidades de la ciudadanía adecuadamente también tienen que someterse a ITV. Por ello, nunca están exentos, de manera que si tienen menos de cinco años de antigüedad han de pasarla cada año y si superan el lustro entonces cada seis meses.

  • Vehículos agrícolas: para acabar, los vehículos agrícolas se someten a otros periodos, por ello si han pasado menos de ocho años desde que se matricularon por primera vez están exentos de revisarse. Entre 8-16 años la tienen que superar de manera bianual y por encima de los 16 de año en año.

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¿Qué pasa si entre medias hago cambios en el coche o moto?

No obstante, si se acomete una reforma de gran importancia en el vehículo, como cambiar los muelles de la suspensión que venían de serie por otros con una altura inferior, es necesario obtener un certificado de validez para la ITV teniendo que volver a pasarla. Lo mismo ocurre cuando se sufre un accidente que afecta a un elemento estructural.

En la regulación española se considera reforma de importancia toda aquella que afecte a la unidad motriz o de transmisión, a la identificación del vehículo, a los frenos, a la suspensión, a la carrocería, los dispositivos de señalización y de alumbrado, los remolques o semirremolques y las uniones entre vehículos tractores. Tampoco se escapan los cambios que afecten a los datos que aparecen en la ITV.

Si nos lanzamos a la piscina y llevamos a cabo algún cambio relacionado con lo que se acaba de decir, tras la modificación hay un plazo de 15 días para llevar el vehículo a la ITV y conseguir la homologación que corresponde. Sin embargo, tiene sus cosas, porque se necesita un proyecto técnico en el que se especifiquen los cambios y un documento que acredite que dicho proyecto ya ha sido completado. Por si fuera poco, también es obligatorio un informe de conformidad y el certificado del taller.

¿Qué es lo que se observa en la ITV?

Cada una de las inspecciones que se lleven a cabo con el tiempo siempre serán iguales, en lo que a procedimiento se refiere. Lo primero de todo consiste en ver la documentación presentada y ya, posteriormente, se procede con la inspección en sí. No obstante, conviene ir por partes para entenderlo todo mejor.

¿Qué documentación se necesita?

Si se pretende pasar porque la fecha de vencimiento acecha, tan solo es necesario presentar la ficha técnica del vehículo o tarjeta ITV, el permiso de circulación y el recibo del seguro del vehículo. Eso sí, esto último no es estrictamente necesario ya que las estaciones donde se hace lo pueden comprobar por cuenta propia, pero tampoco sobra si se lleva. Como detalle, en Cataluña piden el DNI del conductor.

Aspectos que se toman en cuenta en la ITV

Aquí están las respuestas necesarias para obtener una revisión apta del vehículo. En primer lugar, se comprueba que el número de bastidor coincide con el de la documentación a la hora de completar la identificación, también si las matrículas están bien sujetas, no están dobladas y que los números se puedan leer a la perfección, de manera que no estén borrosos.

En la carrocería se comprueba que no haya corrosión ni óxido, así como que los paragolpes o parachoques se encuentren bien sujetos sin que hayan bordes ni aristas cortantes. En el interior del habitáculo tampoco pueden haber aristas o salientes, además de que es conveniente cerciorarse de que los asientos están bien anclados y que los cinturones y demás sistemas de retención para niños se bloquean.

Las puertas deben de poder cerrarse del todo, las ventanillas han de poderse subir y bajar a la perfección, el claxon o bocina es esencial que funcione, se comprueba que el volante tenga bloqueo antirrobo, que el velocímetro funcione correctamente, que no falte líquido del limpiaparabrisas, que las escobillas gocen de buen estado, que los testigos de fallo del motor o airbag se apagan pocos segundos después de encender el coche (si es el caso)... entre otras cosas.

En el alumbrado se comprueba que los intermitentes, las luces de cruce, largas y de posición funcionan a la perfección y que están reguladas. Atrás se revisan las de posición, marcha atrás, freno, intermitentes y matrícula trasera. También se revisa que la lámpara no esté rota, lo mismo pasa con la luna del limpiaparabrisas y que los retrovisores estén bien fijados.

Los neumáticos también son monitorizados, de manera que se hace hincapié en que la profundidad del dibujo esté a la medida, el código de velocidad e índice de carga, se comprueban la potencia y el equilibrio de frenos y suspensiones antes de ir al foso. Ya ahí la persona encargada de la inspección comprueba que no hay fugas, chequea el depósito, el escape, el catalizador, las rótulas de dirección, el guardapolvos, los silent-blocks y los muelles. Para acabar se va al análisis de gases y, en el caso de los camiones, también se echa un vistazo al tacógrafo.

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