¿Cuánto tarda en llegar una multa de la DGT? Todo lo que debes saber

Todo conductor en España necesita saber el periodo que tarda en recibir el documento correspondiente a una sanción. No obstante, ya adelantamos que las cosas de palacio van despacio.

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En España y en muchos países del mundo, la burocracia es un tema muy complejo. Esa complejidad se traduce en largos periodos de tiempo necesarios para resolver cuestiones judiciales o de carácter administrativo y, asimismo, largas esperas para recibir una notificación o resolución final al respecto.

En las cuestiones relativas al tráfico, esta tendencia se reproduce y en TopDriverz vamos a hacer hincapié en una cuestión que afecta a cualquier usuario que viva en el estado español. Para ser más exactos, responderemos a la interrogante de cuánto tarda en llegar una multa de la DGT (Dirección General de Tráfico). De esta manera, los afectados o quienes tengáis la intención de trasladaros allí en un futuro, sabréis cómo afrontar esa situación.

El tiempo que tardarás en recibir una multa de la DGT, al descubierto

Una vez que hemos hecho la introducción de rigor, es el momento de empezar a dar las respuesta que necesita este interrogante, la cual no es una sola, universal y rotunda. Así que veamos de qué depende que tarde más o menos tiempo una sanción en llegar a un conductor.

¿Cuál es el periodo máximo que se puede estar esperando?

Lo más normal es que, como máximo, se tarde entre tres y seis meses en notificar al infractor de que ha cometido un acto punible. Eso ocurre especialmente en las infracciones más graves, aunque si hablamos de leves se pueden ir hasta ese trimestre que comprende la horquilla citada. Las infracciones leves se pueden ir a tres y las graves a seis, que es lo que está fijado por la administración española como plazos máximos.

De todas formas, el artículo 76 de la Ley de Seguridad Vial establece lo siguiente: Las multas se avisarán en el mismo momento al denunciado. Y se puede llevar a cabo el aviso de la sanción después siempre y cuando se dé una serie de situaciones excepcionales como las siguientes:

  • Que la multa se formule en circunstancias en las que la detención del vehículo pueda provocar un riesgo para la circulación. De ser así, el agente ha de indicar los motivos concretos que la impiden.
  • Que la sanción se imponga mientras que el vehículo se encuentre estacionado y el conductor no se encuentre dentro del interior del habitáculo.
  • Que la autoridad responsable de imponer la sanción haya tenido conocimiento de lo ocurrido mediante medios de captación y reproducción de imágenes que permitan identificar con claridad al vehículo.

Por ejemplo, y poniéndonos en un sentido más práctico, conducir bajo los efectos del alcohol o de otra droga, o si se hace mientras que se está fumando, exceder la velocidad máxima permitida de circulación serían unas excepciones, ya que basta con que un radar o el helicóptero dispuesto a vigilar una vía identifique la infracción para que esté monitorizada y lista para ser enviada. En este escenario, el documento puede tardar entre una y tres semanas en llegar al domicilio del conductor.

Lo que sí es seguro es que la multa siempre la recibe el propietario del vehículo identificado en el acto, es decir, que si le has dejado tu coche o moto a un amigo o familiar y ha sido esa persona quien ha cometido la falta, la sanción llegará a tu casa de todas formas. Por tanto, estás en la obligación de identificarle para evitar enfrentarte a una sanción injusta a todas luces, porque no habrás tenido nada que ver.

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¿De qué manera puedo recibir una multa de la DGT?

La institución encargada de controlar la circulación de vehículos en las distintas vías de España emplea distintas herramientas para el envío de sanciones a los conductores que se hayan vistos inmersos. Esa variedad es posible, indudablemente, gracias al avance de las nuevas tecnologías. Para hacerse una idea, el conductor antes tenía que esperar a través del Boletín Oficial del Estado (BOE).

Ahora puede recibir ese aviso de una forma más inmediata mediante las tres formas que vamos a ver a continuación:

  • Notificación hecha en el acto: esto no es nada nuevo, ya que consiste simplemente en que los agentes en el mismo momento en el que cometes la infracción. Entonces ellos te dicen cuál es exactamente la que has cometido y qué sanción va a implicar para tus intereses.

  • Correo postal certificado: si el usuario no la ha podido recibir en mano, este es el procedimiento más habitual. Una vez que es sabido quién es el conductor que ha cometido la infracción, se manda la notificación a su domicilio. En el hipotético caso de que no se encuentre en su casa, que nadie se responsabilice de recibirla o se rechace, se publica en el Tablón Edictal de Sanciones (TESTRA).

  • DEV: es la plataforma de la Dirección Electrónica Vial, que se encuentra en pleno funcionamiento desde el año 2010. Lo más habitual en su caso es que el aviso llegue en unos diez días naturales.

  • TEU: la web de la sede electrónica de la DGT ofrece la totalidad de notificaciones de las multas impuestas y de otras administraciones sancionadoras, como pueden ser los Ayuntamientos y las Diputaciones provinciales. Para averiguarlo es suficiente con meter el número de matrícula del vehículo en cuestión, nombre y apellidos o DNI, NIE o CIF.

Si te da reparo que tu información personal esté a la vista de los usuarios que accedan a este servicio, es posible pedir formar parte de la lista de excluidos, para lo que es necesario DNI electrónico con el fin de asegurar la autenticidad de la información brindada.

¿Y qué pasa si no me llega la multa?

Dado que los radares y los helicópteros vigilantes tienen cierto margen de error, puede ocurrir que verdaderamente se haya cometido una infracción y no se detecte, o que hayas pensado erróneamente que ibas más rápido realmente de lo que ibas. También cabe la posibilidad de que la dirección postal no se encuentre actualizada en la base de datos de la DGT.

Si el infractor se cambia de domicilio, entonces está obligado a comunicarlo a la Jefatura Provincial de Tráfico en un plazo de quince días desde el momento en el que se produce, y es que la dirección postal y el resto de información personal son absolutamente necesarios para que puedan enviar comunicaciones y notificaciones de importancia al usuario afectado.

Para ello, hay que pedir cita previamente con dicho organismo, ya sea mediante la web de la DGT, accediendo a la Sede Electrónica de Tráfico con unas claves o al Punto de Acceso General de la Administración con certificado digital, en tu Ayuntamiento o llamando por teléfono al número 060.

En cualquier caso, si hay realmente una sanción, es posible consultarla mediante el correo electrónico, SMS o TESTRA. Si, por el contrario, ha pasado un mes y aún no te ha llegado nada, lo más probable es que no te pilló el radar a tiempo, o que tu percepción de la velocidad es un poco distinta a lo que realmente fue ese día. También es cierto que cabe la posibilidad de que una multa tarde más de lo normal en llegar, pero si en los seis meses siguientes no ha llegado nada, entonces puedes ya cantar victoria y respirar con alivio.

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¿Qué plazos hay para pagar una multa?

Hay un plazo establecido de veinte días desde que llega el aviso para llevar a cabo lo que se conoce como pronto pago. Si se hace, permite ahorrarse el 50 por ciento de la sanción económica en cuestión. Si en esos veinte días el conductor recurre la sanción, pierde la posibilidad del pronto pago.

Lógicamente, si el recurso se pierde entonces hay que hacer frente al cien por cien de la cuantía monetaria correspondiente. Si se gana, entonces se devuelve el importe íntegro de lo abonado por la multa. Es importante saber que los plazos vienen fijados en la misma notificación de la multa, los cuales pueden variar en función del organismo que haya impuesto la sanción.

¿Qué tipos de infracciones existen y qué importe hay que pagar?

Las infracciones que se pueden cometer al volante se catalogan en leves, graves y muy graves. Las primeras suponen un importe máximo de 100 euros y las autoridades tienen hasta tres meses para avisar de ella, así que si se supera entonces prescribe y se queda sin efecto. Las graves pueden ir más allá de los 200 euros y, en el caso de las muy graves, el medio millar de euros. Lo que no difiere entre ellas es el plazo que existe para notificarlas, siendo este de seis meses.

Conclusión: evita los problemas

La mejor solución a todo lo que se ha comentado es no cometer ninguna imprudencia al volante. Como habrás podido comprobar, las multas y los malos hábitos de conducción solo traen problemas tanto para tu integridad física como para tu bolsillo.

Dicho esto, lo mejor que puedes hacer en la carretera es seguir a rajatabla las normas de tráfico establecidas para no ponerte en peligro ni a ti mismo ni a los que te quieren. Podrás tener alguna que otra vez suerte y que no te pillen, pero no todos los días son fiesta, así que lo mejor es no tentar a la suerte. Mucho cuidado con la carretera siempre que vayas de viaje.

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