¿Qué debo hacer para dar de baja un vehículo?

Cuando un vehículo termina su vida útil, es el momento de decirle adiós y llevarlo al desguace. En ese momento, se dará de baja el vehículo y ya no constará como en circulación. Pero ¿sabes cómo darlo de baja? En este artículo te resolveremos las dudas.

Baja vehículo

Los vehículos forman una parte importante de nuestra vida: para algunos son un miembro más de la familia, para hacienda son equiparables a un bien inmueble. Su importancia, pues, es mayúscula. Pero, como todo en la vida, ellos también “se van” a un lugar mejor: el desguace. Tenemos que aceptarlo y comprarnos un coche nuevo. Algunos pensarán en vender su coche, es cierto, pero la compraventa también termina finalizando su ciclo en algún momento.

Y de la misma forma que, cuando muere una persona, nace una gran cantidad de papeleo para rellenar, con los vehículos también se tiene que hacer un trámite que es darlos de baja en la Dirección General de Tráfico (DGT). Pero no nos preocupemos que el proceso es muy simple. La baja definitiva es un trámite necesario para retirar un vehículo de la circulación cuando ha llegado el fin de la vida útil del mismo.

Baja definitiva de tu vehículo: solo en los desguaces y centros autorizados

Cuando buscamos información sobre dar de baja un vehículo, nos saldrán anuncios de desguaces que se ofrecen a hacer ellos los trámites ante la DGT, para que nosotros nos ahorremos hacerlo. Este es el caso de Desguaces la Cabaña. El ofrecimiento está bien, pero debemos saber que todos los desguaces están obligados a tramitar la baja. Nosotros no tenemos que hacer nada. Pero empecemos por el principio.

Para dar de baja un vehículo tenemos que llevarlo a un desguace o un Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos. En España, en la web de la DGT hay disponible el registro de todos los centros legales que ofrecen este servicio. Siempre serán los trabajadores de allí los que hagan el trámite, sin que tú tengas que ir a la oficina de la DGT.

Allí te entregarán el certificado de destrucción del vehículo y el justificante de baja definitivo. Es muy importante que conservéis esta documentación. El justificante de baja acredita delante de cualquier administración que el vehículo ha causado baja en Tráfico. En la web de la DGT hay un verificador digital para comprobar que el documento es válido. Dos apreciaciones aquí: tenemos que ir siempre a un desguace autorizado, ya que, si no, no se puede garantizar la autenticidad del justificante de baja. Y, después, vamos a tener que estar atentos a que la Administración no nos siga cobrando el impuesto de circulación.

Por último, debemos tener en cuenta que, si existe algún precinto sobre el vehículo no es posible tramitar la baja, ya sea temporal o definitiva. Debemos cancelar el precinto antes de hacer la solicitud de baja.

Documentación que necesitamos

Por suerte, el papeleo no es excesivo. Para dar de baja necesitaremos llevar el vehículo al desguace con la documentación del vehículo original, lo que incluye el permiso de circulación y la tarjeta de la ITV. En caso de que el vehículo sea de un familiar fallecido, debemos adjuntar una declaración responsable de baja definitiva de un vehículo por fallecimiento de su titular. Encontraréis este documento también en la web de la DGT.

El trámite es gratuito.

Otros tipos de baja

Existen otros tipos de baja más allá de llevar tu coche a un triste desguace. No obstante, el vehículo debe cumplir una serie de requisitos específicos o encontrarse en una situación excepcional. Vamos a ver los tipos.

Baja de vehículos históricos

Un caso distinto es el de los vehículos de época o históricos. La principal característica para considerar un vehículo como histórico es que se haya fabricado con anterioridad a los 30 años del año actual. Estos vehículos, por su valor singular, pueden darse de baja y no ser destruidos, ya que se les considera piezas de colección o de museo. En este caso, no se deben llevar a un desguace. Tienes que presentarte en una Jefatura o Oficina de Tráfico para hacer el trámite o solicitarlo por la sede electrónica de la DGT.

Aquí, la documentación que necesitaremos es la siguiente: solicitud en impreso oficial relleno (está en la web de la DGT o directamente en las oficinas), documentación del vehículo original (permiso de circulación, tarjeta ITV y/o la declaración de no tener esta documentación) y la acreditación del valor histórico del vehículo. Si nos presentamos presencialmente, necesitaremos llevar un documento que acredite nuestra identidad y, si somos personas jurídicas, la tarjeta de identificación fiscal y la acreditación de la representación e identidad del que firme.

Baja temporal de un vehículo

Hay otra modalidad que es dar de baja temporal. Si no vas a dar uso a tu vehículo durante un período de tiempo, tienes la posibilidad de darlo de baja temporalmente. En el momento quieras volver a circular, vas a tener que darlo de alta de nuevo. Esto te permitirá estar exento de pagar el impuesto de circulación, pero, cuidado, porque no podrás usarlo ni aparcarlo en la vía pública (para que un vehículo esté en la vía pública debe tener el seguro y la ITV en vigor). Este tipo de bajas tiene un carácter temporal, no existe una fecha límite y es reversible (podrás darlo de alta o de baja definitiva).

A diferencia de la baja definitiva, en esta tienes que abonar una tasa de 8,59€. Para hacer el trámite, tienes la opción de hacerlo por Internet. Deberás aportar tu certificado digital, DNI electrónico o tus credenciales de cl@ve, abonar la tasa correspondiente y rellenar la petición. También puedes hacerlo presencialmente. En este caso, deberás aportar una solicitud en impreso oficial relleno, la identificación del interesado y el justificante de pago.

En el caso especial de los vehículos agrícolas, antes de solicitar el trámite en la DGT se tiene que acudir al Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA) de la Comunidad Autónoma donde esté domiciliado el vehículo para darlo de baja. Una vez hecho, podremos hacer el trámite en la DGT presentando el documento que acredite que se ha dado de baja en el ROMA. También sirve una acreditación electrónica expedida por la Comunidad Autónoma.

Baja temporal por robo

Si nos roban el vehículo, evidentemente debe darse de baja temporal para que los ladrones no puedan utilizarlo o venderlo. En los casos en los que ha habido sustracción de vehículo, es imprescindible poner la denuncia ante los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado.

No tienes que venir a la DGT para dar de baja tu vehículo, ellos comunicarán automáticamente la baja temporal por sustracción en el momento de formalizar la denuncia. Si el coche se recupera y se comunica a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, ellos mismos se encargarán de poner en alta el vehículo.

Dudas que nos pueden surgir

  • ¿Qué pasa si hemos entregado el coche al desguace, pero consta que está de alta en Tráfico? Esto quiere decir que en el desguace no han dado de baja tu vehículo. Vamos a tener que ir a una Jefatura o Oficina de Tráfico para solucionar el problema. Es importante, en este caso, presentar el justificante de baja y el certificado de destrucción que te han dado en el desguace.

  • ¿He perdido los papeles del coche, puedo dar de baja el vehículo? Vas a tener que entregar, junto con el vehículo, una declaración responsable con tus datos y los del vehículo, justificando la causa por la que no presentas la documentación.

  • ¿Y el impuesto de circulación, cuándo se deja de pagar? El impuesto de circulación se genera dentro de un año natural y cada ayuntamiento lo cobra cuando quiere. La recomendación es dar de baja el vehículo en el año en que ya te vayan a cobrar, es decir, aunque el ayuntamiento te cobre el 12 de marzo y tú lo des de baja el 11 de marzo, el impuesto se te va a cargar igual.

  • ¿Debo comunicar la baja a la Administración? No, la DGT ya se encarga de ello.

“Damos de baja tu coche. Te lo compramos”

Últimamente, uno de los negocios que más están proliferando son los portales digitales de compraventa de vehículos que ofrecen en sus anuncios dar de baja tu vehículo si lo vendes de forma rápida. Cuidado con estas empresas. Si te lo compran es que probablemente no quieren darlo de baja. Y, si tu lo quieres vender, es mejor acudir a lugares de más confianza que estos portales de Internet algo obscuros. Es la mejor forma de ahorrarnos problemas en el futuro y que no sepamos que han hecho con nuestro vehículo.

En definitiva, podemos concluir que, teniendo en cuenta que dar de baja un vehículo es muy fácil, no cuesta nada seguir el procedimiento correcto. No hace falta llevarlo a desguaces ilegales ni venderlo a empresas turbias. Nos podríamos llevar un disgusto si, al final, el coche no es dado de baja y tenemos que seguir pagando el impuesto de circulación. O que el coche termine implicado en un acto delictivo y nos comamos nosotros la responsabilidad.

Para cualquier duda que no hayamos podido solucionar, puedes llamar al 060 que tiene un servicio automático 24 h y un servicio personal de lunes a viernes, de 9 a 18h, excepto festivos nacionales.

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